Artículo 375 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Instituto podrá efectuar el acopio y la difusión de los resultados electorales preliminares de la jornada electoral, al término de ésta.
La difusión de estos resultados siempre se efectuará haciendo saber al público que sólo tienen carácter de preliminares.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.