Código Electoral estatal

Artículo 401 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La asignación de diputaciones a cada partido político, cuando procediere, se efectuará siguiendo el orden que tuviesen los candidatos en su lista respectiva; en el caso de los partidos políticos que hubieren participado en coalición, la asignación se efectuará de acuerdo con el orden de prelación señalado en el convenio respectivo.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 401 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala?

La asignación de diputaciones a cada partido político, cuando procediere, se efectuará siguiendo el orden que tuviesen los candidatos en su lista respectiva; en el caso de los partidos políticos que hubieren participado…

¿Está vigente el artículo 401?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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