Artículo 413 de Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La elección de presidentes de Comunidad por los principios de mayoría relativa y de sufragio universal, libre, directo y secreto, se realizarán cada tres años, el mismo día que la de los ayuntamientos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.