Artículo 215 de Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las notificaciones que deban hacerse al particular, se harán en el local del Tribunal si las personas autorizadas se presentan en el transcurso de las veinticuatro horas siguientes a aquéllas en que se haya dictado la resolución.
Cuando el particular no se presente, se harán por lista autorizada, que se fijará en sitio visible del local del Tribunal, salvo las notificaciones personales.
La lista a que se refiere este artículo, contendrá nombre de la persona, número del expediente y síntesis del acuerdo resolución. En los autos se hará constar la fecha de la lista.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.