Código Administrativo estatal

Artículo 223 de Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo

Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La demanda deberá formularse por escrito y presentarse ante el Tribunal dentro de los quince días hábiles siguientes a aquél en que haya surtido efectos la notificación del acto impugnado; o en que el afectado haya tenido conocimiento de él o de su ejecución, o se haya ostentado sabedor del mismo, cuando no exista notificación legalmente hecha.

En caso de negativa ficta, la demanda podrá presentarse en cualquier tiempo mientras no se dicte resolución expresa.

El acuerdo que admita o deseche la demanda, deberá dictarse dentro de los tres días hábiles siguientes a su presentación.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 223 de Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo?

La demanda deberá formularse por escrito y presentarse ante el Tribunal dentro de los quince días hábiles siguientes a aquél en que haya surtido efectos la notificación del acto impugnado; o en que el afectado haya…

¿Está vigente el artículo 223?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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