Código Administrativo estatal

Artículo 258 de Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo

Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Las pruebas ofrecidas oportunamente, que no se hayan desahogado por causa justificada, se recibirán en el término que prudentemente fije el Magistrado Instructor.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 258 de Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo?

Las pruebas ofrecidas oportunamente, que no se hayan desahogado por causa justificada, se recibirán en el término que prudentemente fije el Magistrado Instructor.

¿Está vigente el artículo 258?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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