Código Administrativo estatal

Artículo 301 de Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo

Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El Magistrado Instructor a quien se le turne el recurso, al admitirlo, mandará correr traslado del mismo a las demás partes por el término de tres días hábiles posteriores a aquél en que surta efectos la notificación, para que expongan lo que a sus derechos convenga. Vencido este término, presentará al pleno de la Sala en un plazo de tres días hábiles el proyecto de resolución, la cual deberá resolver en un plazo de tres días hábiles.

Capítulo Décimo Sexto Criterios Jurisprudenciales

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 301 de Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo?

El Magistrado Instructor a quien se le turne el recurso, al admitirlo, mandará correr traslado del mismo a las demás partes por el término de tres días hábiles posteriores a aquél en que surta efectos la notificación,…

¿Está vigente el artículo 301?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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