Código Administrativo estatal

Artículo 62 de Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo

Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Recibida una promoción, dentro de los tres días hábiles siguientes, la autoridad deberá emitir acuerdo respecto de su admisión y resolverá sobre las pruebas ofrecidas, ordenando su desahogo dentro de los siete días hábiles siguientes.

De ser negativa, deberá notificar al actor este hecho, señalando las razones para ello.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 62 de Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo?

Recibida una promoción, dentro de los tres días hábiles siguientes, la autoridad deberá emitir acuerdo respecto de su admisión y resolverá sobre las pruebas ofrecidas, ordenando su desahogo dentro de los siete días…

¿Está vigente el artículo 62?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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