Artículo 85 de Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo
Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En los plazos en que se señale una fecha determinada para su extinción, se computarán todos los días; cuando se fijen por mes o por año calendario, se entenderá que el plazo concluye el mismo número de día del mes o año calendario que corresponda, respectivamente; cuando no exista el mismo número de días en el mes calendario correspondiente, el término será el primer día hábil del siguiente mes calendario.
Si el último día del plazo o la fecha determinada son inhábiles o las oficinas ante las que se vaya a hacer el trámite permanecen cerradas durante el horario normal de labores, se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.