Artículo 233 de Código de Justicia Militar
Código de Justicia Militar · Última reforma de referencia: 05-09-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 233.- El que a sabiendas haga uso de pesas o medidas falsas, para entregar o recibir los objetos que tenga a su cargo, sufrirá la pena de cuatro años de prisión.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.