Artículo 24 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua
Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
24.- Las acciones del estado civil tienen por objeto: las cuestiones relativas al nacimiento, defunción, matrimonio o nulidad de éste, filiación, reconocimiento de hijos, tutela, adopción, divorcio y ausencia o atacar el contenido de las constancias del Registro Civil para que se anulen o rectifiquen. Las decisiones judiciales recaídas en el ejercicio de acciones del estado civil perjudican aun a los que no litigaron.
Las acciones de estado civil fundadas en la posesión de estado producirán el efecto de que se ampare o restituya a quien la disfrute, contra cualquier perturbador.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.