Código Civil estatal

Artículo 620 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua

Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

620.- Si se formulase alguna oposición al proyecto de partición, se substanciará en forma incidental, procurando que, si fuesen varias las oposiciones, la audiencia sea común, a la cual concurrirán los interesados y el partidor para que se discutan las cuestiones promovidas y se reciban las pruebas.

Para que se pueda dar curso a cualquiera objeción de los interesados al proyecto de partición, es indispensable que el inconforme exprese concretamente cuál es el motivo de su inconformidad, y cuáles las pruebas que se invocan como base de la oposición.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 620 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua?

620.- Si se formulase alguna oposición al proyecto de partición, se substanciará en forma incidental, procurando que, si fuesen varias las oposiciones, la audiencia sea común, a la cual concurrirán los interesados y el…

¿Está vigente el artículo 620?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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