Artículo 626 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua
Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
626.- El auto que apruebe o repruebe la partición es apelable en ambos efectos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.