Artículo 736 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua
Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
736.- Desde que se anuncie el remate y durante éste, se pondrán de manifiesto los planos que hubiere de los bienes por rematar y los avalúos practicados.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.