Artículo 924 de Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua
Código de Procedimientos Civiles — Chihuahua · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
924.- El actor tiene el derecho de acompañar a la persona que haya de entregar la cita, para hacerle las indicaciones que faciliten la entrega. Los gastos que se originen con esta diligencia serán a cargo del actor.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.