Artículo 246 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes — Aguascalientes
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes — Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Salvo disposición contraria de la ley, lo dispuesto en este título es aplicable a toda clase de negocio.
CAPITULO III Confesión
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.