Artículo 313 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Al Gobernador del Estado, a los Senadores, Diputados, Magistrados, Jueces, Generales en servicio activo y Presidentes Municipales se les pedirá su declaración por oficio y en esta forma la rendirán. En casos urgentes, podrán declarar personalmente, para lo cual el juez se trasladará al lugar en que se encuentren.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.