Artículo 327 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Pueden las partes atacar el dicho de un testigo por cualquier circunstancia que en su concepto afecte su credibilidad, para lo que deberán proponer el incidente de tachas. No es admisible la prueba testimonial para tachar a los testigos que declaren en el incidente de tachas.
CAPITULO VIII Otros Elementos de Prueba (REFORMADO, P.O. 11 DE NOVIEMBRE DE 2013)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.