Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 621 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes

Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Mientras los acreedores ausentes se presentan, serán representados por el Ministerio Público.

(F. DE E., P.O. 27 DE AGOSTO DE 1989)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 621 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes?

Mientras los acreedores ausentes se presentan, serán representados por el Ministerio Público. (F. DE E., P.O. 27 DE AGOSTO DE 1989)

¿Está vigente el artículo 621?

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