Artículo 74 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los secretarios cuidarán de que los expedientes sean exactamente foliados al agregarse cada una de las hojas; rubricarán o firmarán todas éstas en el centro del escrito y pondrán el sello de la secretaría en el centro del cuaderno, de manera que abarque las dos caras.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.