Artículo 862 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes — Aguascalientes
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes — Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En la audiencia de juicio que se desahogarán las pruebas, y se resolverá de plano en caso de que hubiere habido oposición a la adopción. Concluido el desahogo de pruebas, el juez recibirá alegatos de manera oral o por escrito dentro de la misma audiencia, debiendo dictar su sentencia a más tardar en los tres días siguientes.
CAPITULO VII Excusa y Pérdida de la Patria Potestad
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.