Artículo 558 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 558.- La fijación de la Cédula Hipotecaria produce también efectos de secuestro judicial y se regirá por las disposiciones contenidas en este
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.