Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 1011 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche

Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

A medida que se reciban los documentos de los acreedores, se pasarán al síndico para que formule el informe que deberá rendir en la junta de rectificación de créditos.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1011 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche?

A medida que se reciban los documentos de los acreedores, se pasarán al síndico para que formule el informe que deberá rendir en la junta de rectificación de créditos.

¿Está vigente el artículo 1011?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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