Artículo 1150 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si se presentaren reclamaciones, se seguirá el incidente que corresponde entre los reclamantes y el albacea.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.