Artículo 1167 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En todo juicio hereditario, la administración puede ser provisional y definitiva.
Provisional será la que desempeñe el interventor, y definitiva la que esté a cargo del albacea.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.