Artículo 1295 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Lo dispuesto en los artículos que preceden se aplicará a todos los actos y contratos que afecten a bienes de ausentes, menores e incapacitados, cuando se requiera la autorización del juez conforme al Código Civil.
CAPÍTULO V DE LA ADOPCIÓN (Derogado)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.