Artículo 1300 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La información ad perpétuam sólo puede decretarse cuando importa justificar algún hecho o acreditar un derecho en los que no tenga interés más que la persona que la solicite.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.