Artículo 1444 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las preguntas del interrogatorio o contrainterrogatorio sólo se referirán a hechos o circunstancias que hayan podido apreciar los testigos por medio de sus sentidos; deben ser claras, precisas, inquisitivas y no llevar implícitas las respuestas conducentes a la cuestión debatida y se procurará que en una sola no se comprenda más de un solo hecho.
Nota: Se adicionó mediante decreto No. 180 de la LX Legislatura, publicado en el P.O. del Gobierno del Estado No. 5033 de fecha 6 de julio de 2012.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.