Artículo 236 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La providencia precautoria deberá pedirse por escrito o verbalmente, según fuere la naturaleza del juicio que se siga o deba seguirse.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.