Artículo 307 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El término extraordinario correrá desde el día siguiente a la notificación del auto en que se conceda, sin perjuicio de que el ordinario se dé por concluido al terminar el plazo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.