Artículo 336 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las contestaciones deberán ser afirmativas o negativas, pudiendo agregar el que las dé, las explicaciones que estime convenientes o las que el juez le pida.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.