Artículo 365 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Todo instrumento redactado en el extranjero, se presentará original, acompañado de su traducción en castellano, y se mandará dar vista de ella a la parte contraria, para que dentro de tres días manifieste si está conforme. Si lo estuviere o no dijere nada, se pasará por la traducción;
en caso contrario, el Tribunal nombrará traductor.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.