Artículo 445 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para que se consideren plenamente probados los hechos sobre que ha sido declarado confeso un litigante, se requiere:
I. Que el interesado sea capaz de obligarse;
II. Que los hechos sean suyos y concernientes al pleito;
III. Que la declaración sea legal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.