Artículo 741 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En un juicio seguido por dos o más litigantes, puede un tercero presentarse a deducir una acción diferente de las de aquéllos. Este incidente se llama tercería y el que lo promueve, tercer opositor.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.