Artículo 845 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Se llama ejecutoria la copia expedida por el tribunal superior, y también el testimonio de ella, debidamente legalizado, expedido por el juez de primera instancia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.