Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 891 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche

Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Sólo tendrán fuerza en el estado las ejecutorias extranjeras que reúnan las siguientes circunstancias:

I. Que se cumpla con lo dispuesto en el artículo 85;

II. Que hayan sido dictadas a consecuencia del ejercicio de una acción personal;

III. Que la obligación para cuyo cumplimiento se haya procedido, sea lícita en el Estado;

IV. Que haya sido emplazado personalmente el demandado para ocurrir al juicio;

V. Que sean ejecutorias conforme a las leyes de la Nación en que se hayan dictado;

VI. Que llenen los requisitos necesarios para ser consideradas como auténticas.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 891 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 891 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche?

Sólo tendrán fuerza en el estado las ejecutorias extranjeras que reúnan las siguientes circunstancias: I. Que se cumpla con lo dispuesto en el artículo 85; II. Que hayan sido dictadas a consecuencia del ejercicio de una…

¿Está vigente el artículo 891?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.