Artículo 910 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El embargo sólo procede y subsiste en cuanto baste a cubrir la suerte principal y gastos en el juicio, incluyéndose en aquella los nuevos vencimientos y réditos hasta la conclusión del juicio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.