Artículo 95 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El que al ser notificado, dijere que contestará por escrito, deberá hacerlo dentro de las veinticuatro horas siguientes a la de la notificación, que no se repetirá, surtiendo los efectos que correspondan, conforme a la ley.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.