Artículo 1254 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 1254.- Los actos de que tratan los Capítulos siguientes, se sujetarán a las reglas que en ellos se establecen y a las contenidas en el pres ente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.