Artículo 55 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 55.- Las actuaciones judiciales y los ocursos deberán escribirse en castellano. Los documentos redactados en idioma extranjero deberán acompañarse con la correspondient e traducción al castellano. Las fechas y cantidades se escribirán con letra.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.