Artículo 893 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 893.- Presentada la ejecutoria en el juzgado competent e, traducida en la forma que previene el artículo 365, y solicitada su ejecución, se correrá traslado a la parte cont ra quien se dirija, por el término de nueve días.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.