Artículo 961 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 961.- El juez elegirá la postura, si el deudor o el acreedor no hiciere la elección en el término de tres días, contados desde la fecha de la almoneda.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.