Artículo 559 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios)
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 559. Es postura legal la que cubra las dos terceras partes del avalúo o del precio fijado contractualmente a la finca gravada, si en este último caso el convenio respectivo se celebró dentro del año anterior al remate.
68 ANEXO AL PERIÓDICO OFICIAL Miércoles 23 de julio del 2014.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.