Artículo 121 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son correcciones disciplinarias:
I. El apercibimiento;
II. La multa de hasta 100 veces el salario mínimo; y, Miércoles 23 de julio del 2014. A N E XO AL PERIÓDICO OFICIAL 19 III. Expulsión del recinto judicial o del lugar donde se celebre la audiencia. En casos extremos, la audiencia podrá continuar en privado. Para estos efectos, las autoridades policiacas deberán prestar auxilio a los órganos jurisdiccionales cuando lo soliciten.
La multa, tratándose de obreros o jornaleros, no deberá exceder del importe de su jornal o sueldo en una semana.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.