Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 249 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila

Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El escrito de contestación se formulará sujetándose a las reglas establecidas para la demanda, aplicándose en su caso y en lo conducente, lo dispuesto en los artículos 241 y 242.

El demandado que oponga la reconvención deberá presentar las copias simples para el traslado, quedando a salvo sus derechos para hacer valer su acción reconvencional en juicio diverso si no cumpliere con este requisito.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 249 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila?

El escrito de contestación se formulará sujetándose a las reglas establecidas para la demanda, aplicándose en su caso y en lo conducente, lo dispuesto en los artículos 241 y 242. El demandado que oponga la reconvención…

¿Está vigente el artículo 249?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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