Artículo 461 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las cantidades que resulten líquidas se depositarán, a disposición del juzgado, en la Recaudación de Rentas del lugar del juicio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.