Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 591 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila

Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

No procede la acumulación:

I. Cuando los juicios estén en diversas instancias;

II. Tratándose de procesos interdictales y de jactancia; y III. En los juicios que tengan por objeto el pago o aseguramiento de alimentos, y con relación a los hereditarios los que versen sobre pago de deudas mortuorias;

Miércoles 23 de julio del 2014. A N E XO AL PERIÓDICO OFICIAL 71

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 591 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 591 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua (ver transitorios) — Coahuila?

No procede la acumulación: I. Cuando los juicios estén en diversas instancias; II. Tratándose de procesos interdictales y de jactancia; y III. En los juicios que tengan por objeto el pago o aseguramiento de alimentos, y…

¿Está vigente el artículo 591?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.