Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 1100 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco

Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Para efecto del presente Título, se deberán tomar en cuenta las siguientes definiciones:

I. Expediente Electrónico: Es el conjunto de documentos digitalizados, promociones electrónicas y resoluciones realizadas en el Sistema Informático, almacenados en su base de datos;

II. Firma electrónica avanzada: Los datos que en forma electrónica son vinculados o asociados a un mensaje de datos y que corresponden al firmante, con la finalidad de asegurar la integridad y autenticidad del mismo, de tal forma que esté vinculada únicamente al firmante y a los datos a los que se refiere, de manera que sea detectable cualquier modificación ulterior de éstos, la cual produce los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa;

III. Notificación Electrónica: Proceso mediante el cual se dan a conocer las actuaciones judiciales realizadas en los procesos civiles, familiares y de jurisdicción concurrente a los usuarios del juicio en línea;

IV. Promoción Electrónica: Es una promoción redactada, enviada a través del Sistema Informático y dirigida a un Expediente Electrónico en particular; y V. Sistema Informático: Es la plataforma virtual del Poder Judicial del Estado, mediante la cual se substancian los juicios en línea.

(ADICIONADO, P.O. 6 DE JULIO DE 2021)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1100 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco?

Para efecto del presente Título, se deberán tomar en cuenta las siguientes definiciones: I. Expediente Electrónico: Es el conjunto de documentos digitalizados, promociones electrónicas y resoluciones realizadas en el…

¿Está vigente el artículo 1100?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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