Artículo 1102 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando en este título no se encuentre disposición que permita establecer criterios de operación relacionados con el juicio en línea, el Supremo Tribunal de Justica y el Consejo de la Judicatura establecerán, mediante acuerdo, el criterio a seguir y tomar las medidas más convenientes para cumplir con los fines del Sistema Informático.
(ADICIONADO CON LOS ARTÍCULOS QUE LO INTEGRAN, P.O. 6 DE JULIO DE 2021)
CAPITULO II De la consulta de expedientes electrónicos (ADICIONADO, P.O. 6 DE JULIO DE 2021)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.