Artículo 1104 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para acceder a la página electrónica del Sistema Informático, se creará un usuario y se asignará personalmente a éste una contraseña, la que se manejará bajo su responsabilidad en caso de transmisión a terceros, así como para la navegación en el portal de Internet, sin ningún tipo de responsabilidad para el Poder Judicial del Estado. Una vez creado el nombre del usuario y asignada la contraseña, podrá entrar al sistema mediante estos datos, los cuales crearán un registro de uso por parte del sistema para cuestiones estadísticas.
Con esta contraseña podrá consultar la siguiente información de los expedientes judiciales: Nombre de las partes, número de expediente, juzgado que conoce el procedimiento, tipo de procedimiento, los acuerdos dictados dentro del proceso, las promociones y actuaciones judiciales digitalizadas dentro del proceso, tanto en primera como en segunda instancia.
(ADICIONADO, P.O. 6 DE JULIO DE 2021)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.